Por el Dr. The Intelektor Kat
Si hay dos hechos que me exasperan
son el calor y el plagio. El calor se soluciona con aire acondicionado aunque
todavía no existe uno portátil que pueda enfriar el cuerpo mientras se camina
por las calles rosarinas, debido a esto, es tan necesario ese estado ataráctico
de turista que uno cumple rigurosamente alrededor de 60 días al año; el fraude en
tanto, es un conjunto de irregularidades que tienen por anclaje identitario a
quienes buscan vías múltiples para evadir los marcos legales en principio, a
los carentes de imaginación, incentivos diversos y competitividad, luego.
Toda acción contraria a la buena
fe, donde lo sobreentendido queda contractualmente fuera por considerárselo
subjetivamente como ineficaz / inepto para el propio quehacer, tiene finalmente
su sentencia desfavorable para el imputado de fraude… o no.
Internacionalmente, se pune al
fraudulento. Existe un libro muy interesante denominado “Manual de Derecho
Internacional Privado”, cuya autora es la prestigiosa Dra. Luciana Scotti;
también está en versiones de otros autores y no por ello estamos frente a un
plagio: son distintos enfoques de una misma temática. Cito esto porque es
necesario conocer hasta qué punto lo mío
es tuyo y lo tuyo es mío.
Pero acerca de la circunstancia a
la que hago referencia, no tiene observancia en lo mío es tuyo, no se trata de un sentido comunista ingenuo o de un
glorioso UBUNTU de la acción y la reacción, sino de lo tuyo es mío y lo mío también es mío, por lo que estamos frente a
un sistema extremo que utiliza la evasión de los propios (y esto es grave) marcos
legales, incluyendo la propia jurisprudencia.
Leer es una buena práctica y aprender a volar también lo es, pero cuidado que
cuando el deseo supera a la razón entra en escena la cera que se derrite al
calor del sol. Para ello y en su función punitiva, veamos qué dice la Lic.
Beatriz Busaniche:
Cuando uno compra un libro, es el dueño del “objeto –libro”, pero no de
la obra. Hay una distinción clave en todo lo que es derecho de autor entre la
obra y el soporte. Sobre esa base, uno puede hacer con el libro lo que se le dé
la gana, incluso venderlo en librerías de segunda mano o donarlo a una
biblioteca, hacerle anotaciones. Son un montón de cosas que el derecho de autor
no alcanza, ya que éste lo que hace es limitar la reproducción de la obra, o
las obras derivadas o el plagio, es decir, todo lo que tiene que ver con la
“obra”.
Los actives que gozan de
facultades especiales y quedan exentos de cargos, tienen per natura tendencia a
perpetuarse en el egotismo: a actuar como
se me da la gana y esto echa por tierra toda visión objetiva que alguien como
espectador haya realizado apriorísticamente. Los ciber-espacios están
contenidos en lex loci
delicti commissi, esto significa que por más que el acto delictuoso se
haya dado en el ámbito de la web, le alcanza la ley.
Un ejemplo bien burdo para que se entienda: si a un escolar en un
examen la maestra lo encuentra copiando de un libro bajo el banco o de la hoja
del compañero de al lado o de un papelillo escondido dentro de la manga de la
camisa, recibirá la correspondiente sanción: le quitará la hoja del examen y le
pondrá por calificación un UNO, y si está muy enojada, un CERO porque eso es
fraude y el infractor paga las consecuencias de sus actos. Básico, no? Hay un
contrato sobreentendido entre la
maestra, el alumno y el examen y este contrato se llama: NO COPIAR.
Últimamente, he sabido que la vagancia ha tocado los espacios universitarios y
se han dado casos en los que los estudiantes deciden que todo un artículo e
incluso una tesis subida a internet les son propios y los presentan de tal
manera ante el tribunal examinador. Cuando se descubre el fraude, el infractor
recibe la calificación que merece por intentar tomar de idiotas a los docentes examinadores.
Para resumir y no seguir
dilatando el tema, que en verdad me tiene un poco cansado: la existencia de la
WIPO (u OMPI en sus siglas castellanas), no es en vano, los tratados
internacionales no son en vano, los libros de la Dra. Luciana Scotti no son en
vano y nadie es extraterrestre como para escudarse en que la ley no le atañe, y
aún siendo extraterrestre, de la única manera que el peso de la ley no caiga
sobre su ser, es que quede flotando en su nave a 30.000 km de altura más
allá de la exosfera y que, desde esas levedades tan desoxigenadas, obviamente,
no utilice nuestro terrícola internet.
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